Joe, secuestros y ajustes

El caso Gutheim

Por Prensa Sindical Internacional

La Corte Suprema de la Nación declaró la inconstitucionalidad de los indultos que el ex presidente Carlos Menem concedió al ex ministro de Economía José Alfredo Martínez de Hoz y al ex dictador Jorge Rafael Videla en relación a la causa por el secuestro extorsivo de un empresario textil y su hijo durante la última dictadura militar.

Al justificar la instrucción de esta causa penal contra Videla y Martínez de Hoz, la Corte mencionó la "obligación del Estado" de investigar y sancionar a responsables de delitos contra los derechos humanos.

El fallo de la Corte, sin embargo, no modifica la situación de Videla quien, a diferencia del ex ministro, está detenido porque con anterioridad también le había sido anulado el perdón presidencial, contenido en otros decretos, en relación a otros ilícitos de lesa humanidad.

"Cuando la causa vuelva a primera instancia Martínez de Hoz podría quedar detenido", concluyó una fuente judicial.

Las resoluciones dictadas ayer por la Corte, que confirmaron fallos de anteriores instancias de la justicia penal federal, fueron dictadas en el marco de la causa en la que se investiga la privación ilegal de la libertad del empresario Federico Gutheim y su hijo Miguel Ernesto.

Las resoluciones sobre Martínez de Hoz y Videla fueron firmadas por el presidente de la Corte, Ricardo Lorenzetti, y los ministros Elena Highton, Raúl Zaffaroni y Juan Carlos Maqueda.

Las defensas habían argumentado el principio "ne bis in idem" que prohíbe que alguien sea juzgado dos veces por el mismo hecho y la actuación del juez de primera instancia, Norberto Oyarbide.

La Corte destacó "la obligación del Estado de perseguir, investigar y sancionar adecuadamente a los responsables de cometer delitos que constituyan graves violaciones a los derechos humanos".

Al resolver los recursos extraordinarios de Videla y Martínez de Hoz, los jueces de la Corte tuvieron en cuenta el precedente "Mazzeo", en el que concluyó que los delitos de lesa humanidad, por su gravedad, son contrarios no solo a la Constitución Nacional, sino a toda la comunidad internacional.

Para la Corte esos ilícitos son "imprescriptibles" y pueden ser objeto de persecución penal a pesar del paso del tiempo.

Por el secuestro de los Gutheim, el 14 de julio de 1988, la Cámara Federal había confirmado las prisiones preventivas de Martínez de Hoz, Videla y el ex ministro del interior de la dictadura Albano Eduardo Harguindeguy.

Federico Gutheim (como titular de la firma SADECO S.A.) y su hijo fueron privados de su libertad de manera ilegal el 5 de noviembre de 1976 para ser forzados a concretar operaciones con comerciantes ingleses y chinos residentes en Hong Kong.

La causa penal, que había comenzado contra Videla y Harguindeguy incluyó más tarde a Martínez de Hoz, pero en 1989 y 1990 Menem los indultó mediante el dictado de los decretos 1002/89, 2741/90 y 2745/90 del Poder Ejecutivo Nacional.

El proceso quedó paralizado hasta la presentación judicial realizada el 20 de junio de 2006 por la Asociación de Ex Detenidos Desaparecidos y la fundación Liga Argentina por los Derechos del Hombre.

Las entidades pidieron la declaración de inconstitucionalidad de los decretos 1002/89 y 2745/90, que beneficiaron a Harguindeguy y Martínez de Hoz y, luego, el Secretario de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia de la Nación, Eduardo Luis Duhalde, pidió lo mismo con relación al decreto 2741/90, que favoreció a Videla.

La Corte expuso que, tras la reforma de la ley fundamental en 1994, los tratados internacionales de derechos humanos tienen jerarquía constitucional y se ha querido que la jurisprudencia internacional en la materia sirva de guía interpretativa para los jueces.- XXX


COMO FUE EL SECUESTRO EXTORSIVO DE LOS GUTHEIM


El caso del secuestro extorsivo del empresario Federico Gutheim y de su hijo Miguel Ernesto podría dejar detenido al ex ministro de Economía de la dictadura José Alfredo Martínez de Hoz quien gozaba de un indulto dispuesto por el ex presidente Carlos Menem y que ayer fue declarado inconstitucional por la Corte Suprema de Justicia.

El proceso se había iniciado por denuncia del entonces Fiscal de Investigaciones, Ricardo Molinas, quien dijo que el empresario Federico Gutheim había logrado un cupo de exportación por seis mil quinientas toneladas de fibra de algodón, para su firma SADECO, en abril o mayo de 1976.

Luego de haber obtenido los avales bancarios necesarios y la apertura de las cartas de crédito al exterior, por el valor de U$S 12.155.000, la dictadura militar le denegó los permisos razón por la cual Gutheim no pudo cumplir con sus compromisos comerciales en el extranjero.

En octubre de 1976 Gutheim fue llamado por el Dr. Fraguío, titular de la Secretaría de Comercio Exterior, quien le dijo que, por su culpa, al ministro Martínez de Hoz le habían denegado en Hong Kong una línea de créditos para la Argentina. Gutheim le ofreció renegociar el contrato con el exterior.

La noche del 5 de noviembre de 1976 fuerzas policiales concurrieron al domicilio de Gutheim para aprehenderlo, deteniendo también a su hijo, Miguel Ernesto. Ese mismo día se dictó un decreto para convalidar la detención de este último.

En su lugar de detención fueron visitados por un funcionario que dijo ser del Ministerio del Interior y que le propuso renegociar los contratos con Hong Kong.

Los detenidos dieron una respuesta afirmativa. Por ello fueron sacados de su lugar de detención en cuatro oportunidades, para negociar con los acreedores extranjeros. Ello consta en las actas notariales ratificadas por el escribano Félix Oks.

Tras cinco meses de detención, los Gutheim fueron liberados por decreto del 6 de abril de 1977. A los dos meses de su liberación, un comisario de apellido Bianchi y otro de apellido González, junto a un principal de apellido Albizu y otro funcionario, Martínez -todos de la sección Delitos Económicos de la PFA- los detuvieron nuevamente. También detuvieron a sus abogados.

Los Gutheim recuperaron su libertad luego de varios días.

En la investigación del caso pudieron probarse los siguientes hechos:

-El 5 de noviembre de 1976 Jorge Rafael Videla y su ministro Albano E. Harguindeguy, dictaron el Decreto 2840/76, por el cual disponían el arresto de los Gutheim, con el argumento de que su actividad atentaba contra la paz interior, la tranquilidad y el orden público, lo que tuvo, dijeron, "directa y estrecha relación con las causas que motivaron la declaración del estado de sitio".

-Que en abril de 1977, por Decreto 949/77 los mismos funcionarios dijeron que esas causas habían desaparecido y por ello los liberaron.

-Que en ese lapso, en el cual los Gutheim estuvieron en cautiverio, se llevaron a cabo reuniones en los domicilios de Sadeco, con la presencia de los Gutheim, de varios funcionarios policiales y de representantes de firmas tales como Dreyfus y Co. Ltd., Gordon Woodroffe and Co., Far East Ltd. Hong Kong, Hong Kong Spinners Ltd. Y Nan Fung Textiles Ltd.

-Que en esas reuniones se realizaron también con la presencia de funcionarios de Comercio Exterior, Dr. Agustín Jaime Pazos y Dr. Horacio Rodolfo Vega.

-Se imputó directamente a Martínez de Hoz el interés que tenía en esas negociaciones con personas privadas de libertad, para lograr la rescisión de los contratos de exportación.

-Los Gutheim no fueron sometidos a ningún proceso penal.

-Martínez de Hoz se defendió manifestando que los hechos no podían considerarse delictivos, pues constituían decisiones de política económica, insuceptibles de ser investigadas por la justicia.

-Los comerciantes de Hong Kong que participaron de las negociaciones no vinieron por su cuenta, sino por invitación del Ministerio de Economía.

Por estos hechos el juez federal Martín Irurzún procesó a Albano Harguindeguy y José Alfredo Martínez de Hoz. Luego se les dictó la prisión preventiva. Finalmente, fueron perdonados por decreto presidencial.

Con la confirmación de la Corte Suprema de ayer queda finalmente decidida la cuestión y los imputados deberán ser nuevamente sometidos a proceso penal.

Según indicaron quienes peticionaron por la inconstitucionalidad de los indultos, entre ellos Rodolfo Yanzón de la Fundación Liga Argentina por los Derechos del Hombre "la importancia de este fallo radica en que por primera vez se podrá juzgar al Ministro de Economía de la dictadura por crímenes cometidos en el marco de la represión ilegal desatada. Este proceso permitirá dejar una vez más en claro los verdaderos motivos de la picana, la capucha y los centros clandestinos de detención", dijeron.